Cuando llaman a Senén Pousa (PP), en su móvil ya no suena el "Cara el Sol", como solía. El alcalde del concello ourensano de Beade (con 427 habitantes es uno de los menos poblados de Galicia) nunca ha ocultado su nostalgia por el régimen y la simbología franquista. Ni cuando tras el atentado que voló la casa consistorial, en 2013, los principales cargos del PP gallego, con Feijóo a la cabeza, lo instaron a promulgar su ideología "en su casa o en el bar". En su despacho institucional ya no hay retratos de Franco, ni botellas de vino con simbología predemocrática. Ahora preside Felipe VI . Hace años que ya no organiza misas por el dictador el 20-N ni costea esquelas en su memoria. Eso sí, la calle principal del pueblo mantiene el nombre de "Caudillo" y así seguirá: "Ya se llamaba así antes de llegar a alcalde y así seguirá porque no molesta a nadie. En Beade nadie se quejó. Si se llamara General Franco, pues estaría de acuerdo, pero es que caudillos ha habido muchos", dice Senén Pousa. Está al mando desde 1974, nombrado por el régimen, y renovado por sus vecinos con sucesivas mayorías absolutas desde entonces. Fue uno de los primeros alcaldes de Alianza Popular, el germen del PP fundado por Manuel Fraga.

En julio de 2016, un abogado -según algunas fuentes pertenece al equipo jurídico del juez Garzón- pidió al concello de Beade que se retirasen las menciones y símbolos franquistas en los espacios públicos del municipio. Además, el letrado reclamaba la elaboración de un catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la dictadura. Tras desestimarse su solicitud por silencio administrativo, el abogado acudió a la vía judicial, alegando la vulneración de un derecho fundamental, al no haber respondido la administración local a su solicitud. El magistrado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Ourense, Francisco de Cominges, estima en parte la demanda del letrado, condenando al ayuntamiento a notificar "una respuesta motivada".

El ayuntamiento se opuso a la demanda en términos similares a los manifestados por el alcalde a FARO ayer,. En primer lugar, el concello veía falta de concreción del recurso, al no individualizar los supuestos escudos o placas incompatibles con la memoria histórica. En segundo lugar, Beade argumentaba que la denominación como "Caudillo" de la calle que atraviesa la localidad "no alude a ninguna persona concreta, sino que se trata de una acepción genérica". Por último, el concello adujo que no se elaboró un catálogo de vestigios por falta de medios para ello.

Por su parte, la Fiscalía precisó que el derecho de petición esgrimido por el abogado "no incluye el derecho a tener una respuesta favorable a lo solicitado". En el expediente elaborado en el ayuntamiento consta la respuesta a la solicitud del abogado, pero no la notificación. Curiosamente el alcalde hizo un informe que consta en el expediente pero que no fue notificado formalmente al interesado. El magistrado resuelve que el derecho fundamental de petición "se satisface con la notificación de una respuesta por la administración requerida". La sentencia obliga a notificar una respuesta motivada al abogado en el plazo de 10 días, una vez que la condena sea firme. Aún es posible presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) Pousa dice que lo hará: "A mí no me acojona nadie".