La Audiencia de Pontevedra reserva cinco días para juzgar el crimen de Tirán

La vista, con jurado popular, comienza el lunes y el fiscal pide 25 años para el acusado de asesinar a una septuagenaria en Moaña

Casa donde ocurrieron los hechos en julio de 2021

Casa donde ocurrieron los hechos en julio de 2021 / S. Á.

N. D.

La Audiencia Provincial de Pontevedra acogerá desde el lunes 1 de julio la vista oral, con jurado popular, contra un vecino de Moaña acusado de asesinar a su vecina. La Fiscalía pide para Balbino S.Á. la pena de 25 años de prisión como autor de un delito de asesinato y otro de tentativa de robo con violencia. El ministerio público también solicita que el acusado indemnice al hijo de la víctima en la cantidad de 30.000 euros.

El juicio se prolongará varios días y la Sección Segunda de la Audiencia ha reservado toda la semana para su celebración. De hecho, será la única viosta oral señalada para estos días en la Audiencia.

Se acusa a Balbino S. Á. de presuntamente asfixiar, colocándole una cuerda en el cuello, a su vecina de Tirán, Cándida Soaje, de 72 años que residía en la vivienda a la que supuestamente entró el acusado a robar el 3 de julio de 2021.

El sospechoso se encuentra en prisión desde su detención, horas después del suceso y el próximo mes finaliza las prórrogas de su encarcelamiento provisional.

En el auto que instruyó la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cangas, que dictó la apertura del juicio oral, consta que el acusado se dirigió aquel 3 de julio de 2021, entre las 8.00 y 11.00 horas, a la vivienda de la víctima, con la intención de apropiarse de objetos del interior de la casa. En los autos no consta cómo el detenido logró entrar en la vivienda.

Sabedor de que la mujer era una persona de edad avanzada –72 años en el momento de los hechos–, “de forma súbita y sin que pudiese prever tal acción”, procedió a inmovilizarla, atándole las manos, para “posteriormente, con la intención de acabar con su vida y asegurar su acción procurando no ser descubierto, le colocó una cuerda en el cuello, provocando su asfixia mecánica y, en consecuencia, su fallecimiento”.

La jueza de Cangas indica en la resolución que no consta que el acusado llegara a apoderarse de ningún objeto y que tenía plena conciencia y voluntad de sus actos, “a pesar de presentar una dependencia moderada a sustancias estupefacientes, lo que no le afectaba en su conocimiento de la situación en la que se encontraba y, en consecuencia, no resultaba afectada su capacidad para la toma de decisiones”.