Los abogados del turno de Cangas, obligados por el Colegio a darse otra vez de alta en Viogén

Los profesionales anuncian para el día 12 una manifestación que cruzará la ría en barco desde la estación marítima de Vigo a la de la villa EXustiza afirma que los letrados cobran en tiempo

Una concentración, en Cangs,  de los abogados del turno de oficio en huelga.  // Faro

Una concentración, en Cangs, de los abogados del turno de oficio en huelga. // Faro

La huelga de abogados y procuradores de oficio sube el tono. Los profesionales que ejercen la labor en la plaza de Cangas son referencia en toda la provincia con sus acciones y uno de ellos, Ramón Souto, es, hasta ahora, el único abogado de oficio al que se denunció ante Fiscalía y el Juzgado de Guardia por no asistir a un juicio que se tenía que celebrar en la Audiencia. Cangas ya tiene represaliados en esta huelga que comenzó en octubre del año pasado y que se mantiene como indefinida; de momento sin gana ya no solo la guerra, ni siquiera batallas. Y esto es así porque después de que todos los abogados del turno de oficio se dieran de baja en el servicio de violencia de género, el Colegio de Abogados les obligó recientemente a que se volvieran a incorporar.

Ahora, el colectivo de abogados de oficio de Vigo y el de Cangas prepara una manifestación para el próximo día 12 de julio, a las 12.00 horas, desde la estación marítima de Vigo, coincidencia con el Día de la Asistencia Jurídica Gratuita y Turno de Oficio. Está previsto que la manifestación salga a las 11.30 horas del barco Vigo-Cangas y después la concentración tenga lugar a las 12.00 horas en Cangas.

También ayer se supo la contestación que la Xunta de Galicia dio a la carta que los abogados de Cangas remitieron al conselleiro de Xustiza, donde expresaban su preocupación respecto a la situación del servicio público de Xustiza Gratuita. Para el gobierno gallego está todo bien o falta poco para estarlo. No ve ninguna situación de alarma y se jacta de ser buen pagador. “Pero ocurre que sendo conscientes de que a igualdade formal non sempre é tamén igualdade material, é polo que a Xunta, sendo coñecedora desta situación e a su constante preocupación polas persoas especialmente vulnerables, está a traballar na elaboración dun convenio que outorgue o dereito de asistencia xurídica gratuita con independencia da súa situación económica, en todos aqueles procedementos nos que se soliciten a adopción de medidas de apoio para ter non soamente garantido estes dereitos, senón tamén para ter una más rápida defensa”.

También asegura Xustiza que es precisamente par que los abogados y procuradores tengan más fácil su cobro y por lo que desde la consellería se propuso que en el convenio se firme este año no so preciso por parte de los profesionales el requerimiento previo a la persona asistida, siendo suficiente con declaración responsable de que la persona reúne objetivamente este derecho. En cuanto al pago a los colegios profesionales por el servicio prestado, Xustiza afirma que es, con diferencia, una de sus virtudes, frente a cómo lo hacen otras comunidades autónomas y el Ministerio de Xustiza, cuyo pago excede los 5 meses. “O pago sempre se produce no prazo de entre 15 e 25 días, desde a presentación das certificacións por parte dos colexios profesionais. Certificación que estes Colexios, pola sua comodidade, presentan trimestralmente, pero que esta consellería non ten inconvinte algún en facer o seu pago mensualmente o en prazos máis cortos.”

También afirma la Xunta que es consciente que hay algunos servicios por retribuir y que por eso se están reuniendo con el Colegio Galego de Avogacía y da Procuradoría y se acaba de proponer el pago de de los siguientes conceptos: entradas y registro, asistencia a los centros de prisión y centro de internamiento de menores en régimen cerrado, el incremento de cantidades precibida en los procedimiento de especial complejidade en la jurisdicción social y civil; el concurso de acreedores de personas físicas la liquidación de sociedades de ganancias, previa división judicial de la herencia y la impugnación de inventario.

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