Las comunidades de vecinos ganan tres meses para pasar la inspección del ascensor

La normativa entra en vigor el 1 de julio, pero debe haber un preaviso de tres meses para su paralización

Un ascensor en un edificio de viviendas de Vigo.

Un ascensor en un edificio de viviendas de Vigo. / Alba Villar

Las comunidades de vecinos ganan tres meses para pasar la inspección del ascensor debido a una nueva interpretación de la normativa, que da este margen a los propietarios tras ser avisados de que deben someter a su elevador a una inspección periódica obligatoria (IPO).

Según fuentes de la Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda) consultadas por Europa Press, el Gobierno les ha informado de que la interpretación correcta de la nueva normativa pasa por que toda la legislación entra en vigor el 1 de julio. Sin embargo, hay que avisar con tres meses de antelación al propietario antes de paralizar el elevador.

De esta manera, no será hasta el 1 de octubre cuando tengan que quedar sin uso si no se ha pasado en esa fecha la IPO.

Al respecto, la Feeda ha indicado que fue ella misma la que ha promovido este cambio de normativa, a la vez que, una vez conocido el texto, ha elaborado una guía interpretativa que ha puesto a disposición del Ministerio de Industria y Turismo para que la pueda revisar y, en su caso, modificar, con el objetivo de que todo el sector tenga un mismo criterio a la hora de aplicarla.

"Como este proceso no es inmediato, ante la cercanía de la entrada en vigor de la norma (1 de julio), desde el sector se ha solicitado al Ministerio que indique cuál es su interpretación en algunas de las cuestiones que más preocupaban a los diferentes agentes del sector (empresa mantenedora, Organismo de Control Autorizado, propietarios) como por ejemplo la fecha en la que deben iniciarse las paralizaciones de ascensores con IPO caducada", han añadido.

Aunque matizan que no se trata de un acuerdo "formal u oficializado", el Ejecutivo central no ha aceptado ni ha dado moratoria alguna sobre la entrada en vigor de la norma.

No obstante, sí ha interpretado que antes de paralizar un ascensor, hay que avisar con tres meses de antelación al propietario para que contrate una IPO y, si pasados esos tres meses, aún no la ha realizado de forma favorable, el elevador tiene que quedar sin uso.

En ese punto, se planteaban dos interpretaciones a la legislación. La primera, que primaba empezar a parar los ascensores con la entrada en vigor de la norma o, una segunda, donde primaba aplicar la obligación de preavisar a los propietarios.

"El ministerio entiende que debe interpretarse así, que el 1 de julio entra todo en vigor, pero que hay que avisar, y sólo si pasados tres meses (1 de octubre) siguen sin IPO, paralizar", han subrayado fuentes de la Feeda.

De esta manera, las comunidades de vecinos ganan tres meses para pasar la inspección del ascensor, tras el temor que suscitó la entrada en vigor de esta legislación, que podría haber dejado parados unos 5.000 ascensores solo en Galicia a partir del próximo lunes, 1 de julio.