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Reclamaciones de ayudas por vía judicial

Los jueces obligan a la Xunta a pagar cientos de miles de euros a familias de dependientes fallecidos

En 2015 y 2016 se dictaron decenas de sentencias que instan a la Xunta a abonar a la familia el dinero que la persona no llegó a cobrar en vida -En Pontevedra hubo 80 fallos

Actividades en una residencia de mayores. // I.O.

Son casos de dependientes con la ayuda reconocida hace unos años y que fallecieron sin llegar a percibir el dinero aprobado por la Administración a través de la Ley de Dependencia. Familiares que reclamaron el pago de dichas ayudas y acudieron a la vía judicial reciben ahora, previa entrega de justificantes de los años de cuidado del dependiente y el correspondiente papeleo, la cuantía que esperaban mientras la persona vivía. Estas reclamaciones son 'post-mortem'.

La Justicia obliga a abonar miles de euros a decenas de familiares de dependientes que fallecieron sin llegar a cobrar la ayuda. Solo los dos juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vigo (con peticiones de toda la provincia de Pontevedra) resolvieron en 2015 y 2016 un total de 80 casos de ayudas no recibidas en vida, según fuentes jurídicas, y son ahora los familiares, que normalmente se ocuparon del cuidado de la persona, los que reciben el dinero.

Muchas de las sentencias se basan en la libranza de cuidados en el entorno familiar (una de las modalidades más solicitadas al principio en la comunidad gallega, para facilitar el cuidado del dependiente a través de un familiar directo no profesional) pero también las hay para residencias o centros de día: "libranza vinculada al servicio de atención residencial".

Las cantidades reclamadas se mueven entre los 300 y los 500 euros mensuales. Los fallos analizados por este periódico reclaman a la Administración autonómica el abono de ayudas de entre tres y cuatro años, desde la solicitud de la prestación en nombre del dependiente, en su momento (entre 2009 y 2010), hasta su fallecimiento (entre 2013 y 2014). Las cantidades totales que la Justicia insta a abonar a los familiares van desde 3.000 a 21.000 euros, "más los intereses legales desde la fecha de la reclamación", teniendo en cuenta las sentencias estudiadas.

De la provincia de Pontevedra, fallados en los juzgados de Vigo, se registraron 48 asuntos en 2015 y 32 en 2016. Según fuentes jurídicas es probable que existan más casos en las otras provincias. Las sentencias reconocen el derecho de las familias a percibir la ayuda desde el momento de la solicitud. Para entender la demora en los pagos a dependientes es conveniente comprender los pasos que estableció la propia legislación para entrar en el listado del derecho a la prestación y la materialización del cobro de la misma.

Desde la presentación de la solicitud ante la Consellería de Traballo e Benestar (en la actualidad Política Social), el primer paso es el reconocimiento de la situación de dependencia, con la valoración del grado (I dependencia moderada, II severa o III gran dependencia). Este proceso puede llevar unos meses. Una vez reconocido el grado, es el momento del PIA (Programa Individual de Atención), una resolución que determina qué modalidad de atención se aplicará a cada dependiente, desde cuidador familiar, a atención profesionalizada, sea a domicilio o en residencias o centros especializados. En los fallos analizados, desde la aprobación del PIA, por ejemplo en 2010, pasaron tres años sin que la ayuda llegara a materializarse. Durante ese tiempo de espera, los familiares que se dedicaron al cuidado de los suyos o se encargaron de su traslado al centro residencial desconocían el momento exacto de la llegada de la ayuda. Guardaron facturas para acreditar los gastos derivados del cuidado del familiar, teniendo en cuenta la valoración del grado y también el informe PIA. A esto hay que añadir la disposición de la Administración a reconocer el derecho a cobrar la prestación y los atrasos.

Fallecido el dependiente reclamaron igualmente el pago de la ayuda, pero al fallecer constaba como "expediente archivado", según explican fuentes jurídicas. La Justicia da la razón a los familiares en algunos casos. En otros se les niega la indemnización a los herederos alegando, por ejemplo, que no se consolidó el derecho a la prestación porque no existía cantidad económica fijada, como ocurrió en varias comunidades autónomas.

Diez años de una ley con escaso presupuesto

  • La gestión de las ayudas de la dependencia acumuló lista de espera desde el principio. En la actualidad, en Galicia, suman 18.000 las personas que con informe favorable para recibir una ayuda todavía no la perciben. Durante 2016 la Administración autonómica incorporó a la lista de cuantías ingresadas a 8.000 dependientes más y el número total de beneficiarios en la comunidad supera los 48.000. La Consellería de Política Social prevé superar los 50.000 atendidos durante el actual ejercicio.Al principio la comunidad gallega se situaba entre las autonomías con más dependientes en espera, junto a Canarias. Los últimos datos del Ministerio de Sanidad dejan ver un avance con respecto a las demás: el porcentaje de dependientes en espera es mayor en Canarias, Cataluña, Aragón, Castilla-La Mancha, Andalucía, Extremadura o Navarra.La Ley de Dependencia cumple justo ahora diez años. Fue una norma aprobada en 2006 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que empezó a aplicarse en 2007. A lo largo de esta década la normativa sufrió varias modificaciones, como la introducción de plazos para resolver con más agilidad las solicitudes, la ampliación del copago a usuarios, la revisión de las cuantías y los grados (normalmente a la baja) y muchas de ellas relativas a la figura del cuidador, como su cotización a la Seguridad Social. La falta de presupuesto para la atención de las solicitudes ha sido una constante desde el principio. Las comunidades autónomas piden al Gobierno central que amplíe su aportación.

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